Quién debe hacer la
RTO?
- Vehículo Transporte de Pasajeros
- Vehículo Transporte de Carga
- Vehículos de uso particular
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Qué documentos
debe presentar?
- Cedula Verde
- Seguro del automotor vigente
- Licencia de Conductor o DNI
- ver documentación completa...
Transportes de
Pasajeros / Carga
- Bandas Reflectivas
- Certificación Cabina Dormitorio
- Certificación Tanques Auxiliares
- ver listado de servicios...
Qué es la RTO?
La Revisión Técnica Obligatoria (RTO) es una inspección mecánica y técnica que permite conocer el estado de vehículos y motovehículos, y determinar si cuenta con las condiciones mínimas que garanticen la seguridad del conductor, la de los pasajeros del vehículo y también los usuarios de la vía pública. El Gobierno Nacional implementó el servicio RTO (Ley 24.449 y 26.363) de carácter obligatorio, para todo el parque automotor radicado en el territorio nacional, conforme lo dispone la normativa vigente. La RTO tiene por objeto prevenir y evitar los accidentes de tránsito causados por defectos del vehículo, y disminuir la contaminación ambiental.
Quién debe hacer la RTO?
Vehículo Transporte de Pasajeros
Los de antigüedad mayor a 10 años, cada 4 meses.
Vehículo Transporte de carga
Los de antigüedad mayor a 20 años, cada 6 meses.
Vehículos de uso Particular
Mayores a 7 años, cada 12 meses
Vehículo Motriz Transporte de carga peligrosa
Los mayores a 10 años de antigüedad cada 4 meses.
Vehículo Remolcado Transporte de carga peligrosa
Los mayores a 10 años de antigüedad cada 6 meses.
Qué se controla en la RTO?
- Tren delantero, tren trasero, rótulas, suspensión.
- Sistema de dirección
- Sistema de frenos, determinación dinámica de su eficiencia.
- Control del estado de chasis y general de carrocería.
- Control de neumáticos y llantas.
- Letreros e indicadores
- Sistema de arrastre y de enganche
- Sistema eléctrico, de iluminación y señalización, instrumentos y accesorios.
- Vehículos de transporte de cargas peligrosas y de pasajeros:
- Elementos que hacen a la seguridad: matafuegos, balizas, tacógrafos
- Vehículos de transporte de pasajeros:
- Control de las instalaciones de confort.
- Verificación del sistema de aire acondicionado.
- Estado de ventanillas, parabrisas, y salidas de emergencia.
Qué documentos debe presentar?
selecciona tipo de vehículo
General – Peligrosa
General – Peligrosa
- Cedula Verde
- Licencia de Conductor o DNI
- Cedula amarilla GNC (si corresponde )
- Certificado Revision Tecnica Anterior ( en caso de poseer )
- Cedula Verde
- Licencia de Conductor o DNI
- Certificado de RTO anterior ( si posee)
- Alta C.N.R.T. o Cedula Blanca de C.N.R.T.
- Certificado Fabricacion Chasis (primera vez)
- Certificado Fabricacion Carroceria / Plano ( primera vez )
- Vehiculo armados por partes, después de Octubre de 2006. Certificado de Constatación de Datos Técnicos de la Licencia de Configuración de Modelo (de no poseer, realizar el tramite con: Licencia de Configuración de Modelo (2 hojas) y Certificado de Carroceria).
- Cedula Verde
- Seguro del automotor vigente
- Licencia de Conductor o DNI
- Cedula amarilla GNC ( si corresponde )
- Certificado de Revision Tecnica anterior ( si posee )
Pasos de control para la RTO
selecciona el paso para ver detalles
La desviación no debe ser mayor a 15m./Km.
Es la causa mas frecuente de rechazo. Se controla que tenga suficiente fuerza de frenado para el peso del vehículo para lo cual se mide el peso por eje y la fuerza de frenado (a esta medición se la llama eficiencia de frenado).
También se controla que la diferencia entre fuerzas de frenado en un mismo eje no sea superior al 25%, dicho en otras palabras, que los frenos no estén muy desparejos en ningún eje.
Otras causas frecuente de que no se apruebe el control de frenos es:
- Frenos mal registrados
- Cintas empastadas con aceite o grasa. (se recomienda cambiar la cinta y no tratar de recuperarla)
- Cintas cristalizadas (por algún motivo la cinta aún con buen espesor pierde rozamiento y no ejerce buena fuerza de frenado)
- Cintas mal asentadas . No es recomendable poner cintas nuevas e inmediatamente traer el vehículo al control de frenos.
- Mecanismo de accionamiento con algún desgaste (levas, ejes, resortes, mecanismo de registro, etc.)
- En sistemas hidráulicos: cilindros trabados, flexibles tapados, tubos aplastados, aire en el circuito etc.
- En sistemas neumáticos : pulmones con pérdidas, mangueras con fugas , abrazaderas mal ajustadas, mangueras tapadas, mal funcionamiento de válvulas .
- Problemas con el compresor que no levanta una presión adecuada para que el pulmón ejerza una buena fuerza de empuje sobre las cintas de freno.
- Cuando haya problemas de diferencia de fuerza de frenado entre ruedas, es recomendable hacer los trabajos en forma simétrica en ambas ruedas del eje.
El nivel de humo de escape deberá estar dentro de los valores reglamentarios para el modelo del vehículo.
Se deberá revisar el juego de las puntas de eje, extremos de dirección, manoplas y gemelos de los paquetes de elásticos, sujeción de la caja de dirección. No deberán tener hojas de elásticos partidas ni soportes flojos o mal ajustados.
Se deberá revisar que no haya fisuras o rajaduras , que este instalado el seguro de cardan.
Deberá tener todas la partes completas, por ejemplo guardabarros traseros y delanteros, paragolpes (deben tener una altura de max.de 50 cm desde el piso.
Deberá tener colocadas las bandas reflectivas perimetrales y cartel de velocidad máxima 80,90 o 110 según corresponda.
Está prohibido usar defensas o cualquier elemento colocado sobre el paragolpes delantero que pueda resultar potencialmente peligroso.
También esta prohibido modificar la transparencia original de los vidrios de las ventanillas laterales como así también el parabrisas, ya sea por polarizados u otro sistema.
No se permiten reacondicionados o recapados en el eje delantero del chasis o tractor. Y deberán tener buen dibujo en todo el ancho de rodadura. En trenes tipo tanden doble o triples los neumáticos deberán ser de las mismas características, es decir el mismo dibujo y la misma medida
Deberán funcionar todas las luces reglamentarias. Están prohibidas más de 2 (dos) luces adicionales de largo alcance. Y más de dos luces antiniebla. Estas deberán ponerse siempre de a pares.
- Sistema de Enganche: Tanto en semirremolques como acoplados no se permite bajo ningún concepto elementos reparados por aporte de soldadura ni ganchos, ni ojales ni pernos de enganche. Los elementos deben ser reemplazados por nuevos.
- En el caso de acoplados: Deberán tener en la lanza algún dispositivo anticaída (comúnmente un resorte) que evite que la lanza toque el suelo cuando esta desenganchado.
- Trenes Rodantes: deberán tener los tensores y abrazaderas centrales sin juego. No deberán tener hojas de elásticos partidas.
- Sistema de Frenos: Si bien la legislación vigente exige en forma obligatoria que modelos 1995 y más nuevos posean frenos en cada uno de los ejes; para los modelos anteriores se pide que tengan una eficiencia TOTAL de frenado de 40%, exigencia que a veces con un eje menos sin frenos es imposible de cumplir.
Exigencias para la RTO
Vehículo de Carga General
- Bandas Reflectivas. Resolución ST 492/2004.
- Cinturon de Seguridad. Resolución ST 757/2006.
- Apoyacabeza.
- Certificación Vehiculo modificado. Resolución ST 04/2009.
- Certificación Tanque Auxiliar. Resolución 553/2006.
- Certificación Cabina Dormitorio. Resolución ST 923/2008, 356/2009.
- Certificación Tercer Eje.
- Ficha Tecnica.
Vehiculo de Carga Peligrosa
- Bandas Reflectivas. Resolución ST 492/2004.
- Cinturón de Seguridad. Resolución ST 757/2006.
- Tacografo. Resolución 662/2008.
- Cumplir con requisitos de carga peligrosa.
- Certificación Vehiculo modificado. Resolución SST 04/2009.
- Certificación Tanque Auxiliar. Resolución 553/2006.
- Certificación Cabina Dormitorio. Resolución ST 923/2008, 356/2009.
- Certificación Tercer Eje.
- Ficha Técnica.
- Revisión Técnica Visual Interna / Externa Cisterna. Nota SSTA 2115/2010
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